El gobierno capitalino empleará de manera temporal a personas y grupos vulnerables o estructuralmente excluidos del mercado laboral, para desarrollarse en los ámbitos administrativo, productivo y de prestación de servicios.
Estas actividades deberán contribuir a los objetivos y funciones de las dependencias y organizaciones de la sociedad civil promoventes, siempre que no sustituyan o complementen tareas que ya realiza el personal adscrito a las citadas instituciones.
No se podrá apoyar con estos recursos la realización de actividades inherentes a la actividad regular de prestación de servicios de limpieza y/o de mantenimiento de parques y jardines a cargo de las administraciones delegacionales.
Para este fin la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo convoca a las dependencias públicas y organizaciones de la sociedad civil, legalmente constituidas en la Ciudad de México, a participar en el procedimiento de selección de proyectos susceptibles de recibir apoyos económicos del programa Compensación a la Ocupación Temporal (COT).
En la perspectiva de promover el fomento del trabajo digno, los proyectos en mención deberán facilitar la inserción en una ocupación temporal a personas y grupos vulnerables o estructuralmente excluidos del mercado laboral: adultos mayores, personas con discapacidad, repatriados, juventudes en riesgo, personas en situación de calle, madres jefas de familia, madres solteras, personas con VIH.
El COT, apoya a población desempleada, mujeres y hombres residentes de la Ciudad de México, de 16 años y más, con interés en participar en el desarrollo de actividades de carácter temporal como proyectos delegacionales, sociales y comunitarios de instituciones públicas o privadas, que les permita contar con ingresos para atender sus necesidades básicas y continuar su búsqueda de empleo.
A las personas beneficiarias se les otorga un apoyo económico inicial por 300 pesos y un apoyo mensual equivalente de 1 a 2 veces las unidades de cuenta de la Ciudad de México, dependiendo del perfil de la persona candidata y/o de las características de las actividades a desarrollar en el proyecto de ocupación temporal. Se podrán apoyar proyectos integrados con un mínimo de 5 y un máximo de 100 personas.
Los montos del apoyo mensual por persona beneficiaria de un proyecto de ocupación temporal, se obtienen de multiplicar el valor de la unidad de cuenta de la Ciudad de México aplicable (1 a 2 veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México) por 20 días hábiles.
Para obtener mayores informes, los interesados podrán consultar la Gaceta Oficial en su edición de este jueves o bien remitirse a la dirección electrónica http://www.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/gacetapar