El Sistema de Administración Tributaria (SAT) logró el respaldo legislativo para que pueda ir en contra de los vendedores ambulantes que no estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y proceda al aseguramiento de los bienes.
Estas acciones procederán “cuando las autoridades fiscales practiquen visitas a contribuyentes con locales, puestos fijos o semifijos en la vía pública y estos no puedan demostrar que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes o, en su caso, no exhiban los comprobantes que amparen la legal posesión o propiedad de las mercancías que enajenen en dichos lugares”.
De igual forma, el SAT contará con facultades para sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, así como para utilizar la información del sistema financiero para perseguir a los evasores que abandonen su domicilio fiscal, acción que será considerada como delito.
Además, se creará un sistema de comunicación electrónico para cada contribuyente, ubicado en la página de internet del SAT, denominado Buzón Tributario, a través del cual la autoridad fiscal notificará cualquier acto o resolución que emita.